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ESPAÑA SUPRIME LA RESIDENCIA POR INVERSIÓN DESDE ABRIL DE 2025

La denominada “Golden Visa” ha sido desde el año 2014 un instrumento útil para obtener la residencia en España para aquellos ciudadanos no pertenecientes a la Unión Europea.

Mediante la inversión en bienes inmuebles, activos financieros, depósitos bancarios o creación de empresas, muchos ciudadanos han obtenido durante estos años un título de residencia en España que les ha permitido circular además libremente por el espacio Schengen, formado por 27 países europeos.

Adicionalmente, la “Golden Visa” no venía asociada a una residencia fiscal, por lo que sus titulares podían mantener la tributación en sus países de origen si transcurrían menos de 183 días al año en España.

“Golden Visa” ha sido un instrumento útil para obtener la residencia en España de ciudadanos no pertenecientes a la UE. 

El actual gobierno español venía criticando la existencia de este tipo de residencia, ahora en línea con una política europea más restrictiva en la concesión de la residencia.

Hace pocas semanas, el presidente español ya anunció que quería limitar las inversiones en España a ciudadanos ajenos a la Unión Europea, lo que fue acogido con gran sorpresa por toda la comunidad jurídica. Lo cierto es que la supresión de la residencia por inversión es de facto una limitación en ese sentido.

La supresión de la residencia por inversión es una limitación a las inversiones en España de ciudadanos ajenos a la UE.

La ley Orgánica 1/2025 de 2 de enero deroga completamente todos los tipos de residencias por inversión, a pesar de que algunos mensajes difundidos por el gobierno de Pedro Sánchez apuntaban a que se eliminarían solo las asociadas a la inversión inmobiliaria.

La reforma legal prevé, no obstante, un régimen transitorio por el cual:

  1. Se seguirán tramitando las solicitudes que se presenten antes del 3 de abril de 2025 (fecha de entrada en vigor de la nueva Ley)
  2. Las renovaciones de permisos obtenidos conforme a la Ley anterior (es decir, la Ley 14/2013 que introdujo la Golden Visa, se seguirán atendiendo conforme a aquella normativa, y por tanto, podrán renovarse en los mismos términos que entonces.

La ley Orgánica 1/2025 de 2 de enero deroga completamente todos los tipos de residencias por inversión,

En definitiva, se pone un freno a los recién llegados que aspirasen a obtener desde ahora la residencia española (y por tanto con libre acceso europeo) mediante la materialización de una inversión.


Estudio Jurídico De La Vega y Asociados cuenta con especialistas en la materia.

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