|
+34 91 435 50 51 | info@ej-delavega.com                       
|
+34 91 435 50 51 | info@ej-delavega.com                       

MODIFICACIONES Y SUSPENSIONES DE PLAZOS TRIBUTARIOS Y ADMINISTRATIVOS (RD-L 11/2020)

Llamamos la atención respecto de lo acordado en las disposiciones adicionales octava y novena del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo en materia de plazos tributarios y administrativos:

1. Nuevos efectos de la suspensión de plazos administrativos.

Norma:

Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, en relación con el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Duración:

Desde el 14 de marzo de 2020, hasta la finalización del estado de alarma.

Efectos:

Los plazos para interponer recursos en vía administrativa o para instar cualesquiera otros procedimientos de impugnación, reclamación, conciliación, mediación y arbitraje que los sustituyan de acuerdo con lo previsto en las Leyes, en cualquier procedimiento del que puedan derivarse efectos desfavorables o de gravamen para el interesado, se computarán desde el día hábil siguiente a la fecha de finalización de la declaración del estado de alarma.

Nota:

Esto modifica la suspensión de cómputo de plazos inicialmente decretada, convirtiéndose en un reinicio del cómputo de plazos desde el día siguiente hábil a la finalización del estado de alarma, con independencia del momento en que se hubiese producido la notificación del acto objeto de impugnación, reclamación o instancia.

2. Procedimientos tributarios y Económico Administrativos:

Norma:

Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, en relación con el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Duración:

Desde el 14 de marzo de 2020, hasta el 30 de abril de 2020.

Efectos:

Los plazos para interponer recursos de reposición o reclamaciones económico administrativas en el ámbito empezarán a contarse desde el 30 de abril de 2020.

–  Nota 1:

Esto modifica la suspensión de cómputo de plazos inicialmente decretada, convirtiéndose en un reinicio del cómputo de plazos para impugnar resoluciones tributarias desde el día 30 de abril de 2020, con independencia del momento en que se hubiese producido la notificación del acto objeto de impugnación.

–  Nota 2:

Se interrumpe asimismo el cómputo del plazo máximo para la ejecución de las resoluciones de órganos económico-administrativos.

3. Suspensión de plazos de prescripción y caducidad en el ámbito tributario.

Norma:

Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, en relación con el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Duración:

Desde el 14 de marzo de 2020, hasta el 30 de abril de 2020.

–  Efectos:

Suspensión de los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos contemplados en la normativa tributaria.

 


Ante la situación de estado de alarma decretado por el Gobierno, les informamos que todos los profesionales de nuestro Despacho seguirán prestando sus servicios en sus respectivas áreas. Por las restricciones sanitarias, lo haremos a través de los habituales correos electrónicos, teléfonos o en su caso por videoconferencia.

En todo caso, ante cualquier duda, pueden dirigir sus peticiones a la dirección:

info@ej-delavega.com

Les mantendremos informados de aquellas medidas legales que se adopten en próximas fechas y que creamos pueden afectarles más directamente, según sus áreas de actividad e interés.

Equipo DLV&A


Información elaborada por Marcos Arbeloa, Abogado
Departamento de Derecho Fiscal

 

 

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies