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EL  RÉGIMEN  ESPECIAL  DE  IMPATRIADOS,  NÓMADAS  DIGITALES  Y  PROMOTORES  DE  START-UPS

ESQUEMA PRÁCTICO

La nueva “ley de fomento del ecosistema de empresas emergentes” ha ampliado el conocido régimen “ley Beckham” también a otros profesionales que se establezcan en España, aun cuando trabajen por cuenta propia o emprendan su propia actividad.

IMPATRIADOS Y PROFESIONALES ALTAMENTE CUALIFICADOS

  1. EMPLEADOS O DIRECTIVOS POR CUENTA AJENA TRASLADADOS A ESPAÑA POR EMPRESA EXTRANJERA O COMO DESPLAZAMIENTO INTRAGRUPO.
  2. TRABAJADORES CON VISADO INTERNACIONAL DE “TELETRABAJO”
  3. PROFESIONALES ALTAMENTE CUALIFICADOS QUE TRABAJEN EN EMPRESAS EMERGENTES O REALICEN ACTIVIDADES DE FORMACION, INVESTIGACION, DESARROLLO E INNOVACION.
  4. CÓNYUGES E HIJOS > 25 AÑOS DE LOS SOLICITANTES DEL REGIMEN ESPECIAL

 

PROMOTORES Y DIRECTIVOS DE START-UPS EN SECTORES INNOVADORES

  • EMPRENDEDORES EN SECTORES INNOVADORES: DIRECTIVOS Y SOCIOS DE START-UPS.
  • ADMINISTRADORES DE SOCIEDADES PATRIMONIALES, SIEMPRE QUE NO DETENTEN     < 25 % DE SU CAPITAL SOCIAL Y/O DERECHOS DE VOTO.

 

AUTONOMOS EN SECTORES INNOVADORES

  • PROFESIONALES POR CUENTA PROPIA QUE TRABAJEN EN SECTORES INNOVADORES.
  • NÓMADAS DIGITALES QUE SE DESPLACEN A ESPAÑA Y CUYO TRABAJO SE REALICE DE FORMA TELEMATICA O EMPLEANDO NUEVAS TECNOLÓGIAS A DISTANCIA, PARA UNA O VARIAS EMPRESAS DURANTE LOS ÚLTIMOS 3 MESES.
  • ESTUDIANTES FUNDADORES DE START-UPS DENTRO DE UN PROGRAMA DE ESTUDIOS.

 

REGIMEN FISCAL OPTATIVO Y BONIFICACIONES

ejercicio fiscal de llegada + 5 siguientes
  • OPCIÓN DE TRIBUTAR POR EL IRNR AL TIPO DEL 24 % SOBRE LAS RENTAS DEL TRABAJO Y EN ESPCIE , DE CUALQUIER FUENTE ESPAÑOLA O  EXTRANJERA.
  • EXENCIÓN DE RENTAS DE AHORRO Y GANANCIAS DE CAPITAL DE FUENTE EXTRANJERA.
  • NO OBLIGACIÓN DE DECLARAR BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO (MODELO 720).
  • BONIFICACIONES EN LA CUOTA DE AUTÓNOMOS.
  • DEDUCCIÓN DEL 50 % DE LA INVERSIÓN EN START UPS (LÍMITE 100.000 €).
  • BONIFICACIÓN DEL 50 % DE RENTAS DE TRABAJO PARA FONDOS DE INVERSIÓN EN START-UPS.
  • TRIBUTACIÓN DIFERIDA DE RENDIMIENTOS DE ACCIONES EN START-UPS.
  • BONIFICACIÓN DEL 50 % DE LOS  ”CARRIED INTERESTS”.

Estudio Jurídico De La Vega y Asociados cuenta con especialistas en la materia.

Para ulteriores informaciones, quedamos a su disposición en nuestra sede de Madrid, a la que pueden contactar por correo electrónico a:

info@ej-delavega.com o a través de nuestra página web
Tel.: 914 355 051

 

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